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Certificado energético: obligatorio para vender y alquilar

Certificado energético: obligatorio para vender y alquilar

¿Estás pensando en alquilar o vender una vivienda? Hoy te hablamos de un documento imprescindible en estos casos: el certificado energético. Comprueba entre los documentos de tu propiedad si cuentas con este certificado y se está en vigor.

¿Cuándo es obligatorio el certificado energético?

El registro de certificado energético (CEE) es obligatorio siempre que vendas o alquiles edificios o partes de los mismos (pisos, apartamentos o locales comerciales).

Así, cuando pongas el inmueble en venta o alquiler, como propietario tendrás que mostrar que estás en posesión del certificado de eficiencia energética en nuestra inmobiliaria. De hecho, si has visto nuestro catálogo de propiedades en la web, verás que es una de las características de todas las fichas de información.

El registro emite la etiqueta de eficiencia energética, que resume el contenido del certificado energético de una forma gráfica y fácil de entender. Con un código de color, la etiqueta clasifica los inmuebles según una escala energética que va desde la A (más eficientes) a la G (menos eficientes). Este resultado depende de las emisiones de dióxido de carbono a la atmósfera y el consumo de energía.

Una vez realizado el registro, se incluye en el contrato de compraventa y se entrega al comprador de la vivienda. En el caso de contratos de alquiler, siempre que sea posterior a la entrada en vigor de la normativa (junio de 2013), el inquilino tendrá que contar con una copia del documento.

¿Puedo prescindir del certificado energético?

No necesitarás acreditar la eficiencia energética si la propiedad que vas a alquilar o vender se enmarca en alguno de estos casos:

  • Tiene una superficie útil menor a 50 m2 y está localizada en zona aislada.
  • Es un edificio industrial destinado a talleres.
  • Va a ser destinada a demolición o sometida a una reforma de peso.
  • Estará alquilada durante un máximo de 4 meses al año.

Para más detalles sobre la obligatoriedad de la certificación energética, puedes acceder al texto completo del Real Decreto 235/2013, de 5 de abril, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios.

¿Qué pasa si no tengo el certificado energético?

Si no tienes el certificado, está caducado (algo que ocurre a los diez años de su emisión y renovarlo es responsabilidad del propietario) o cuenta con datos falseados, puedes ser sancionado. La Ley 8/2013 de rehabilitación, regeneración y renovación urbana recoge las infracciones y sanciones en materia de certificación de la eficiencia energética de los edificios. Las multas van desde 300 a 6.000 euros.

Si quieres poner en venta o en alquiler tu vivienda, en Urbenorte Coruña te asesoramos sobre todos los documentos necesarios en tu caso particular para realizar el proceso con total garantía y confianza. Estamos en calle Juan Flórez, 48, A Coruña.