¿Cómo recuperar la fianza de tu alquiler?
En Urbenorte recibimos muchas consultas de arrendatarios que tienen dudas sobre cómo recuperar su fianza cuando va a finalizar su contrato de alquiler y se van del inmueble. Hoy te queremos dar unas claves para que sepas qué debes hacer para obtener la devolución del importe que has depositado al comienzo de tu estancia.
¿Qué es la fianza de un contrato de alquiler?
La fianza es una cantidad de dinero equivalente a un mes de renta que se entrega por el arrendatario al arrendador al firmar el contrato de arrendamiento. Así, se garantiza el cumplimiento de las condiciones pactadas. El importe de la fianza debe ser depositado por el arrendador en el organismo competente que designe cada comunidad autónoma.
Algunos aspectos importantes para recuperar la fianza que debes tener en cuenta:
1. Antes de entrar a vivir, aconsejamos realizar una inspección en profundidad de la vivienda para detectar posibles daños, desperfectos, irregularidades que no están a la vista, etc. Así, advirtiendo de esto al dueño, evitaremos sospechas de haberlos ocasionado durante la estancia.
2. Debes comunicar puntualmente cualquier incidencia que se produzca en la casa, no solo para que el arrendador proceda a su reparación, sino porque, por ley, el arrendatario se responsable en caso de omisión.
3. Cuando desees poner fin al arrendamiento, debes avisar con, al menos, un mes de antelación a la fecha de entrega de llaves (artículo 9.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos). Te aconsejamos que sea por escrito para que quede constancia. La falta de tal preaviso implica que el arrendador puede solicitarte la cantidad igual a un mes de renta. Recuerda que el plazo mínimo de cumplimiento en un contrato de alquiler es de seis meses (a partir de este momento podrías finalizar el contrato).
4. Antes de la entrega de llaves, como arrendatario tienes que verificar que has abonado los gastos asociados al alquiler (rentas, suministros o cualquier otro importe cuyo pago haya asumido por acuerdo en contrato). Tienes que dejar la vivienda limpia y sin daños, ya que, de haber algo roto o en estado incorrecto, deberías repararlo o asumir el coste de su reparación. Si no entregas la vivienda en condiciones correctas, el arrendador puede descontarlo de la fianza siempre y cuando lo acompañe de la factura correspondiente.
5. Al entregar las llaves, las dos partes debéis firmar un documento en el que quede constancia de la devolución y la fecha. Sería conveniente que también figuren las lecturas de los contadores de los suministros con que está dotada la vivienda, de forma que se sepa el consumo efectuado hasta tal momento.
¿Puede el arrendador retener la fianza?
Sí, el arrendador puede retener la fianza durante 30 días desde la entrega de las llaves, pero debe devolverla pasado ese plazo. En caso de retención de una cantidad de la fianza, deberá indicar motivo y justificar el importe con la factura correspondiente. En caso contrario, podrás reclamar el importe íntegro de la fianza.
Como hemos dicho, también puede quedarse con la fianza si no has avisado 30 días antes de marcharte, si hay daños en la vivienda o cantidades pendientes de pagar. Además, habrá que tener en cuenta si en el contrato de alquiler había alguna cláusula sobre posibles indemnizaciones.
En Urbenorte Inmobiliaria A Coruña también te asesoramos en estos temas legales durante tu proceso de alquiler. Tanto si estás pensando en alquilar como si prefieres comprar una vivienda, te invitamos a buscar en nuestro catálogo. No dudes en contactarnos si hay alguna de tu interés. Escríbenos a coruna@urbenorte.com o llámanos al 981 160 161. También puedes visitarnos en la calle Juan Flórez, nº 46, A Coruña.